Las dependencias, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados, y las entidades deberán reducir sus estructuras organizacionales relacionadas con las áreas y funciones de planeación, evaluación y vinculación; oficialía mayor; comunicación social; asuntos internacionales, y órgano interno de control, a más tardar el último día hábil de marzo, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto emitan la Secretaría y la Función Pública.
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En el mismo plazo establecido en el párrafo anterior, dichos ejecutores de gasto deberán tramitar o, en su caso, realizar las reformas a los reglamentos interiores, decretos de creación o estatutos orgánicos, según corresponda, que sean necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior.
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